En 2026, controles volumétricos avanzan con rezagos: el SAT endurece especificaciones (Anexo 21) y verificación (Anexo 22), elevando exposición fiscal en combustibles.
El cumplimiento fiscal en combustibles entró a 2026 con un punto de fricción que se repite en estaciones de servicio, comercializadores y operadores logísticos: los controles volumétricos. A cuatro años de que el tema se instalara con fuerza en la operación diaria del mercado, el sector sigue reportando rezagos de implementación y un aumento en la exposición a sanciones y contingencias fiscales por la brecha entre lo que la norma exige y lo que, en la práctica, muchas instalaciones han logrado instrumentar de forma completa. El rezago operativo en volumétricos está elevando el “riesgo fiscal” para 2026, en un contexto donde la autoridad ha refinado requerimientos y empuja hacia trazabilidad y estandarización.
El cambio más visible está en el marco técnico-normativo con el que se está exigiendo el cumplimiento. El SAT publicó para 2026 el Anexo 21 de la Resolución Miscelánea Fiscal, donde define las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad que deben cumplir los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos. A su vez, el Anexo 22 establece el proceso de verificación para determinar el grado de conformidad de esos equipos y programas respecto a las especificaciones del Anexo 21. En otras palabras: no solo hay que “tener sistema”, hay que tener un sistema que pase criterios técnicos y de seguridad definidos por la autoridad, y que sea verificable bajo un proceso formal.
El corazón de los volumétricos es la consistencia entre tres mundos que antes convivían con más holgura: medición física, registros operativos e información fiscal. El Anexo 21 detalla que los equipos y programas deben permitir la generación de registros de volumen, asociados a sistemas de medición y parámetros específicos, con requerimientos de integridad y seguridad de la información. En el Anexo 22, el SAT define cómo se verifica la conformidad: es el puente entre el papel y la realidad en campo.
En paralelo, el SAT mantiene un micrositio de preguntas frecuentes que muestra la dimensión práctica del cumplimiento. Por ejemplo, señala que el contribuyente obligado que haya contratado servicios de emisión de dictámenes o certificados es quien debe enviar esos dictámenes y certificados, y aclara que los proveedores de servicios no reportan al SAT los dictámenes que emiten. Ese tipo de detalles se vuelve crítico cuando una estación o un comercializador asume que “el proveedor se encarga” y descubre que la responsabilidad de envío recae en el contribuyente. Es un matiz administrativo, pero tiene consecuencias directas cuando se cruza con auditorías o revisiones.
La presión se siente especialmente en estaciones y comercializadores por la complejidad del “todo incluido” que exige el cumplimiento: sensores y medición confiable, integración de software, seguridad informática, conciliaciones operativas, evidencia documental y, en algunos casos, dictámenes/certificados que acrediten características de producto y consistencia de medición. El Anexo 23 de la RMF 2026, por ejemplo, enmarca obligaciones relacionadas con dictámenes y certificados de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos para ciertos contribuyentes. Para muchas empresas medianas, este universo se traduce en inversión de capital, asesoría, capacitación y operación constante para mantener los registros en forma.
Lo que el sector describe como “rezago” suele tener varias capas. Una parte es tecnológica: sistemas heredados, equipos de medición que no conversan entre sí, o plataformas que no cumplen completamente especificaciones. Otra es operativa: el personal rota, los procedimientos no se estandarizan, se registran entradas/salidas con criterios distintos en turnos distintos, o se mantienen prácticas manuales que luego chocan con la exigencia de trazabilidad. La tercera capa es administrativa: avisos, expedientes, reportes y envíos que, si no se gestionan con rigor, abren brechas que luego se convierten en observaciones fiscales.
El costo de no cumplir ya no es solo “ponerse al día”, sino enfrentar contingencias que pueden impactar operación, reputación y continuidad comercial. En un mercado de combustibles que también vive presión por competencia de precios, seguridad y regulación, los volumétricos se vuelven una variable que define quién puede operar con menor fricción y quién se expone a interrupciones por revisiones o sanciones.
En 2026, el tablero se endurece por el detalle técnico: con anexos específicos, verificación formal y criterios de seguridad de información, la autoridad deja menos espacio a interpretaciones. Para el sector, esto obliga a mover el cumplimiento del área “administrativa” al centro de la operación: la medición y el registro se vuelven tan críticos como el abasto, el servicio o el margen. En la práctica, las empresas están ajustando contratos con proveedores de tecnología, revisando capacidades de medición, y alineando procedimientos internos para evitar discrepancias entre inventarios físicos y reportes, porque esa discrepancia es, precisamente, lo que el SAT busca cerrar con los volumétricos.








