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Cambia el reglamento que rige pagos y contratos petroleros: qué ajustan hoy las empresas

Staff Industry & Energy Magazine by Staff Industry & Energy Magazine
octubre 9, 2025
TotalEnergies y SOCAR inauguran el campo de gas Absheron

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El Gobierno reformó el Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. Hay nuevos procesos y referencias a reglamentos recién expedidos. Claves operativas y fiscales para 4T-2025.

El tablero regulatorio del petróleo en México se movió otra vez: el 3 de octubre de 2025 se publicó un decreto que reforma y deroga disposiciones del Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (LISH). El objetivo: actualizar procedimientos administrativos, alinear referencias legales y despejar zonas grises en asignaciones, licitaciones, pagos y obligaciones vinculadas a contratos de exploración y extracción. Para operadores y traders, esto significa calendarios, formatos y criterios que deben incorporarse ya a sus planes de cumplimiento del 4T-2025. 

El Diario Oficial de la Federación registra el decreto como parte de un paquete más amplio de reglamentación energética publicado a finales de septiembre y principios de octubre. El buscador del DOF muestra la entrada correspondiente a la LISH —con sello del 29 de septiembre de 2025— que fue armonizada con nuevas normas sectoriales. En la práctica, se trata de una puesta al día del andamiaje reglamentario para que lo que ya cambió en la ley tenga procedimientos claros. 

¿Por qué importa? La LISH define cómo y cuándo las empresas pagan al Estado por explotar hidrocarburos. Su reglamento aterriza procesos, plazos, formatos y autoridades competentes para trámites y auditorías. Cambiar el reglamento mueve la operación cotidiana: desde cálculos de derechos y contraprestaciones hasta interacciones con Sener, SHCP o reguladores, pasando por la documentación que acompaña cada hito administrativo. Firmas legales que siguieron de cerca la publicación confirman que el decreto actualiza procedimientos y deroga disposiciones obsoletas para alinearlas al marco vigente. 

El movimiento no llegó solo. El 3 de octubre también se expidió el Reglamento de la Ley del Sector de Hidrocarburos, que sustituye a reglamentos de 2014 y reordena facultades y duraciones de permisos a lo largo de la cadena; medios y consultoras sectoriales reseñan las novedades y su interacción con la LISH. Para los equipos de cumplimiento, el mensaje es claro: cruzar ambos reglamentos y revisar qué referencias cambian en contratos, permisos y reportes. 

Tres focos operativos para tu empresa:

  1. Calendarios y formatos. Toda modificación en plazos y anexos administrativos afecta los workflows de tesorería, fiscal y legal. Si el reglamento pide nuevos datos o medios electrónicos determinados, habrá que ajustar plantillas y sistemas. (La publicación alude a actualización de procedimientos y armonización con el nuevo marco). 
  2. Referencias cruzadas. Con el reglamento del Sector de Hidrocarburos recién expedido, muchas referencias del reglamento de la LISH cambian de destino. Esto incide en qué autoridad recibe información, qué criterios aplica y qué vigencias dominan. 
  3. Riesgo regulatorio. Cualquier transición trae ambigüedades. La prioridad es documentar interpretaciones razonadas y sostenerlas con criterios del DOF y opiniones técnicas para evitar contingencias en auditorías futuras.

El entorno fiscal agrega presión. La Cámara baja discute —en paralelo— instrumentos para combatir contrabando y elevar la recaudación sin subir tasas, tras el escándalo de huachicol fiscal que golpeó el mercado de combustibles. Aunque es una ruta jurídica distinta, el clima de cumplimiento se endurece y eleva la vara para documentación, trazabilidad y controles. 

Qué hacer esta semana

  • Matriz de cambios: identificar artículos, transitorios y referencias que impactan procesos internos.
  • Cartas de trazabilidad: alinear tesorería–legal–fiscal para que los pagos y reportes reflejen el nuevo marco.
  • Capacitación: brief ejecutivo a proveedores y socios (operadores, comercializadores) para armonizar cortes y formatos.
  • Seguimiento: monitorear disposiciones secundarias y criterios de autoridad que aterricen detalles (permisos, plazos, interoperabilidad de plataformas).

En síntesis: el decreto no cambia la filosofía de la LISH, pero sí el cómo se operan sus obligaciones día a día. En tiempos de mayor escrutinio, cumplir bien y a tiempo no es opcional: es ventaja competitiva.

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