El cambio en la política comercial de EU trajo consigo la sustitución del arancel temporal impuesto bajo la Sección 122 por un nuevo arancel al amparo de la Sección 301.
Uno de los sucesos que ha marcado las negociaciones del T-MEC es la sustitución del arancel temporal impuesto bajo la Sección 122 por un nuevo arancel al amparo de la Sección 301. Es decir, los productos que no cumplen con las reglas de origen del Tratado continúan sujetos al arancel de 10%. El cambio en la política comercial se dio en el instrumento jurídico, no en la carga arancelaria.
La Sección 122 tiene una vigencia máxima de 150 días, su vencimiento por ley fue el 24 de julio. Un día después, la delegación estadounidense comunicó la sustitución arancelaria:
“Estados Unidos ya no sacrificará su base industrial a otros países que podrían estar exportándonos sus problemas de exceso de capacidad y producción. Las investigaciones de hoy subrayan el compromiso del presidente Trump de repatriar cadenas de suministro críticas y crear empleos bien remunerados para los trabajadores estadounidenses en todos nuestros sectores manufactureros”, declaró el el representante comercial de los Estados Unidos, Jamieson Greer.
La Sección 301 permite al gobierno estadounidense iniciar investigaciones comerciales e imponer medidas distintas a cada socio según sus resultados.
Origen de la Sección 301 y diferencias con la Sección 122
La Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 tiene como objetivo abordar las prácticas extranjeras desleales que afectan al comercio estadounidense, con lo que puede investigar y aplicar aranceles o sanciones.
A través de estas investigaciones se examina si los actos, políticas o prácticas de un país extranjero son irrazonables o discriminatorias. Al iniciar una investigación, el representante comercial de los Estados Unidos solicita consultas con las economías cuyos actos, políticas o prácticas estén siendo investigadas.
La cobertura de los aranceles de esta sección son de 10% a 12.5%, según el país. A diferencia de los de la Sección 122, los cuales tenían un arancel general del 10%, según datos del Instituto Mexicano de Competitividad (IMCO).
Los países que han entrado en este esquema de investigación son: China, la Unión Europea, Singapur, Suiza, Noruega, Indonesia, Malasia, Camboya, Tailandia, Corea, Vietnam, Taiwán, Bangladesh, México, Japón e India.










