El Congreso de la CDMX aprobó reformas a la Ley de Movilidad que obligarán a registrar, emplacar y contar con licencia a scooters y bicicletas eléctricas de alta potencia.
El Congreso capitalino aprobó modificaciones a la Ley de Movilidad para regular el uso de bicicletas eléctricas motorizadas y scooters, con el objetivo de ordenar la creciente micromovilidad eléctrica y reforzar la seguridad vial en la capital.
La reforma, aprobada en agosto de 2025, busca cerrar el vacío legal que permitía a vehículos con motores de mayor potencia circular por banquetas y ciclovías sin controles administrativos ni obligaciones formales de seguridad. La nueva normativa entrará en vigor plenamente tras un periodo de transición.
Registro obligatorio ante SEMOVI
Las autoridades definieron un calendario para la implementación. A partir del 20 de mayo de 2026 se intensificará la difusión de costos y trámites que publicará la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) para el registro de estas unidades.
El registro será obligatorio en la Ciudad de México incluso si el vehículo cuenta con permisos emitidos por otras entidades federativas, con el propósito de integrar un padrón confiable de unidades de micromovilidad que circulan en la capital.
Nueva clasificación: VEMEPE
La reforma introduce la categoría de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), diferenciados según potencia, velocidad y peso.
Tipo B (sujetos a regulación):
Incluye unidades con motores de entre 250 watts y 1 kilowatt. Si superan los 25 km/h, pesan más de 35 kilogramos o cuentan con acelerador independiente sin necesidad de pedaleo—, deberán tramitar placas, tarjeta de circulación y contar con licencia de conducir vigente.
Tipo A (exentos):
Las bicicletas de pedaleo asistido con motor menor a 250 watts y que no superen los 25 km/h conservarán su estatus de vehículo no motorizado y podrán circular sin permisos adicionales.
Restricciones de circulación
Uno de los cambios centrales es que los vehículos Tipo B serán equiparados a motocicletas en términos de circulación. Tendrán prohibido transitar por banquetas, ciclovías y carriles confinados.
Su desplazamiento deberá realizarse únicamente por el arroyo vehicular, cumpliendo las reglas aplicables a vehículos motorizados.
Además, se establecen obligaciones de seguridad como el uso de casco tipo motociclista, luces encendidas y elementos reflectantes.
Armonización nacional
De acuerdo con los legisladores que están promoviendo la iniciativa, se busca armonizar la legislación local con la Estrategia Nacional de Movilidad, reducir accidentes y otorgar mayor certeza jurídica en caso de percances.
Con estas modificaciones, la capital establece un marco más definido para la micromovilidad eléctrica, delimitando responsabilidades y condiciones de operación para los usuarios de unidades con mayor capacidad motorizada.








