El 18 de marzo de 2025 se publicó la nueva Ley de Hidrocarburos que introduce la Manifestación de Impacto Social (MIS), herramienta obligatoria para proyectos energéticos que evalúa sus efectos sociales con enfoque participativo, sostenible y de respeto a derechos humanos.
El pasado 18 de marzo de 2025, se marcaron nuevos rumbos para el sector energético en México con la publicación de las leyes secundarias en materia energética en el Diario Oficial de la Federación (edición vespertina). Estas reformas buscan fortalecer la soberanía energética, promover la justicia social y priorizar a las comunidades más vulnerables del país.
Uno de los elementos más relevantes para el sector de hidrocarburos es la introducción de la Manifestación de Impacto Social (MIS), que sustituye a la anterior Evaluación de Impacto Social (EVIS). Esta nueva herramienta, regulada en el artículo 5, fracción XXIX de la Ley de Hidrocarburos, se define como un documento basado en estudios técnicos que evalúa los impactos sociales significativos y potenciales de un proyecto en una comunidad. A través de un enfoque participativo, con perspectiva de género y respeto a los derechos humanos, la MIS debe identificar efectos positivos y negativos, proponiendo medidas para maximizar beneficios, mitigar afectaciones y garantizar la sostenibilidad social del proyecto.
Requisitos y Alcance de la Manifestación de Impacto Social
La MIS se convierte en un requisito obligatorio para cualquier nuevo proyecto del sector de hidrocarburos, exceptuando ciertos casos como los permisos de importación/exportación de hidrocarburos (regidos por la Ley de Comercio Exterior), autorizaciones en áreas contractuales ya aprobadas, actividades de comercialización, o aquellas previstas por reglamento.
Los desarrolladores deberán cumplir con los principios de sostenibilidad, respeto a los derechos de comunidades locales, pueblos indígenas y afromexicanos, integrando en todo momento un enfoque inclusivo y participativo.
Es responsabilidad de la Secretaría de Energía (SENER) llevar a cabo los procedimientos de consulta previa, libre e informada en coordinación con dependencias, empresas productivas del Estado, contratistas y permisionarios, según corresponda. La autorización de la MIS deberá emitirse en un plazo no mayor a 90 días hábiles, y será requisito indispensable antes de iniciar la construcción de cualquier proyecto de infraestructura.
Además, cualquier modificación relevante al proyecto autorizado debe ser notificada a la SENER. También se exigirá la presentación de un informe anual de implementación del Plan de Gestión Social, y la conservación de información relacionada por al menos cinco años.
Transición Regulatoria y Marco Normativo
Las EVIS previamente autorizadas seguirán vigentes hasta la emisión de las disposiciones administrativas correspondientes a la MIS. Asimismo, conforme al artículo noveno transitorio de la Ley de Hidrocarburos, las solicitudes en trámite antes de la entrada en vigor de esta legislación serán resueltas con base en la normativa vigente al momento de su presentación.
Se espera que el reglamento de la nueva Ley sea emitido a más tardar en septiembre de 2025, conforme al plazo establecido en el artículo octavo transitorio, lo cual será clave para dar certeza jurídica y operativa a los actores del sector.
Retos y Oportunidades para la Implementación Eficiente
Uno de los desafíos más importantes será acortar los tiempos de respuesta de la autoridad, ya que la experiencia con la EVIS demostró que los trámites podían demorar hasta dos años, debido a su carácter completamente presencial y centralizado en la Ciudad de México.
No obstante, el panorama es alentador. La estrategia del Gobierno Federal, en coordinación con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, apunta hacia la digitalización integral de los trámites gubernamentales. Esta transformación permitirá ingresar solicitudes en línea, dar seguimiento mediante folios electrónicos y facilitar la comunicación digital con la autoridad, reduciendo tiempos, cargas regulatorias y riesgos de corrupción.
Una Nueva Era de Planeación Estratégica
Con este nuevo marco, la Manifestación de Impacto Social deja de ser un requisito accesorio y se convierte en un componente estratégico y prioritario en la planificación de proyectos de infraestructura energética. Incorporarla desde las etapas iniciales no solo garantizará el cumplimiento normativo, sino también una mejor integración social de los proyectos, favoreciendo el desarrollo sostenible, la participación comunitaria y el fortalecimiento institucional del sector energético en México.