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Ley de Seguridad Interior aplicada al sector energético

Staff Oil & Gas Magazine by Staff Oil & Gas Magazine
diciembre 18, 2017
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Está por aprobar una ley que puede violentar las garantías individuales del derecho a manifestarse, pero creo que hemos perdido el foco de explicación desde un punto fundamental económico y lo hemos vuelto político.

Si ha habido una desesgración de la sociedad desde el punto de vista de seguridad en los estados, municipios y entidades ante el incremento de violencia, pero este ha sido trasladado a las áreas de trabajo en la parte de energía en nuestro país, en las noticias salen protestas, bloqueos, manifestaciones pero no veo alguna donde indique los problemas que hay en los campos de la industria petrolera, eléctrica o toda aquella que resulte en beneficio del crecimiento económico del país.

Actualmente no existen las garantías para que las inversiones directas extranjeras estén siendo atraídas ante la incertidumbre de la seguridad física de los trabajadores, activos o instalaciones que ellos puedan colocar en nuestra nación.

Actualmente existen oposición a la instalación de nueva inversión en algunas regiones de nuestros país; a lo cual está dentro del marco de la constitución, pero muchas de estas no cumplen con el libre derecho, creando costos adicionales a las empresas como son derechos de pasos, imposición de trabajadores de sindicatos, cierres a las áreas de trabajo con tinte políticos o muchos de los casos para realizar métodos de presión.

Es ahora que debemos de entender que esta ley de seguridad nacional, UNA PARTE ESTA está dirigida a las manifestaciones pacíficas comunes que conocemos en Mexico, si no a todas aquellas que se opongan a la instalación y/o operación de la industria energetica. Es una ley que está diciendo; damos las garantías necesarias para que inviertas en nuestro país y te damos la forma de asegurarte que apoyaremos dentro de un marco legal. La pregunta será las personas que deberán tomar la decisión se apegaran al derecho o simplemente será la interpretación al libre albedrío.

En el capítulo tres de la ley de hidrocarburos en el artículo 96 hay dos párrafos que me llaman la atención:

A) Las actividades de Exploración y Extracción se consideran de interés social y orden público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento de la superficie o del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas.

Contextualizando una parte de lo que podría ser aprobado y apegado al párrafo anterior se indica que se autoriza el uso legítimo de la fuerza a las Fuerzas Armadas y se prevé la utilización racional y proporcional de técnicas, tácticas, métodos, armamento y protocolos de sus elementos para controlar, repeler o neutralizar actos de resistencia, según sus características y modos de ejecución.

Esto aplica a cualquier interés de la nación que ponga en riesgo la política energetica del país, es decir las personas que inciten, bloquen y no permiten la libre operación de alguna inversión en energía el ejército podría estar facultado si así lo planteara los organismos del gobierno y los estados y/o municipios lo solicitaran. Además que si algún juez o una instancia emitiera la desalojar o inhibir cualquier manifestación que ponga en peligro a instalaciones de la industria de energía podrían el ejército intervenir (cosa hasta ahorita no estaba contemplado, debido a que solo eran observadores y no podían intervenir).

B) La Federación, los gobiernos de los Estados y el Distrito Federal, de los municipios y de las delegaciones, contribuirán al desarrollo de proyectos de Exploración y Extracción, así como de Transporte y Distribución por ductos y de Almacenamiento, mediante procedimientos y bases de coordinación que agilicen y garanticen el otorgamiento de los permisos y autorizaciones en el ámbito de su competencia.

La nueva ley, señala que la intervención de las Fuerzas Armadas en estados y municipios tendrá una temporalidad de un año, y podrá prorrogarse por decisión del Presidente si persiste la amenaza a la seguridad interior, es decir podrá prolongar hasta que la inversión en energía termine su fase de instalación y podría prolongar en el caso que en las operaciones exista una amenaza.

Si el fin de crear esta nueva ley era para proteger la inversión extranjera, de nuevo hemos caído en el error de una mala mercadotecnia de explicar el fin. Hemos de nuevo puesto primero la agenda política – social de poder tomar el poder de administrar una nación, bajo los argumentos de eliminar hechos violentos de manifestaciones que no están de acuerdo con la forma de administrar al país. Creo que la ley sería buena si se excluyera y definiera el propósito de seguridad nacional para la inversión económica en energía, no colocar la política como el hecho primordial de la misma.

Hoy ante una crisis de Mexico; al tener una inflación no controlada y teniendo que intervenir el Banco de Mexico al Subir la tasa de interés, ocasionando la contracción de flujo de efectivo por el alto costo del dinero, la única forma de tener flujo de efectivo adicional en Mexico, es asegurar la inversión extranjera o nacional, dando la seguridad de la continuidad por el periodo de recuperación y dar los beneficios a la sociedad en un mercado abierto; adonde la nación no influya en el mismo por medio de subsidios.

Ahora es importante entender para todos nosotros al aprobar esta ley debemos de trasladar la misma a las garantías a los derechos que tienen a los que invierten, debería haber una modificación o partitura dentro de esta que diferencie el tipo de manifestación pública, en la cual se ha una pureza de inconformidad ideológica a una que genere una inconformidad de extorsión para no dejar la instalación de nuevas inversiones. Es importante entender que todos tenemos derecho a un trabajo pero nadie puede obligar a otro a pagar lo que no puede.

LEY DE SEGURIDAD NACIONAL COMO SE APLICARA EN LA REFORMA ENERGETICA PARA ASEGURAR LAS INVERSIONES.

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